Bomba de calor eléctrica
Sector terciario
Sustituya su sistema de climatización convencional (caldera de gas, resistencias eléctricas, enfriadoras antiguas) por una bomba de calor eléctrica de alta eficiencia. Reduzca su consumo energético hasta un 60 % y genere CAE monetizables.
SCOP > 3,5
Coeficiente de rendimiento estacional
Financiación vía CAE
Reducción significativa de la inversión
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Síntesis técnica — Ficha TER040
Ámbito de aplicación
Edificios del sector terciario: oficinas, hoteles, centros comerciales, hospitales, centros educativos, gimnasios, residencias, etc. Aplica tanto a sistemas de calefacción como de refrigeración, o ambos (reversibles).
Tecnología
Bombas de calor eléctricas aire-agua, agua-agua o geotérmicas. Deben cumplir un SCOP mínimo según la zona climática (EN 14825). Se excluyen equipos de solo refrigeración o aire-aire split convencional.
Cálculo del ahorro
El ahorro se calcula comparando el consumo del sistema sustituido (caldera de gas, resistencias, enfriadora antigua) con el consumo teórico de la nueva bomba de calor, según su SCOP/SEER certificado y las horas de funcionamiento equivalentes de la zona climática.
Requisitos documentales
Ficha técnica del equipo con SCOP/SEER, factura de compra e instalación, informe fotográfico del antes/después, certificado del instalador habilitado, y declaración responsable del titular de la instalación.
Datos clave de la ficha TER040
50-60 %
Ahorro típico
vs caldera de gas
≥ 3,5
SCOP mínimo
zona climática D/E
15-20 años
Vida útil estimada
equipos certificados
4-8 semanas
Plazo de ejecución
instalación completa
¿Por qué instalar una bomba de calor?
Reducción de la factura
Una bomba de calor de SCOP 4,0 genera 4 kWh de calor por cada kWh eléctrico consumido. Frente a una caldera de gas con rendimiento 0,92, el ahorro en factura energética puede superar el 50 %.
Descarbonización
Al eliminar la combustión directa de gas natural o gasóleo, se reducen las emisiones de CO₂ del edificio. Es un paso clave para cumplir los objetivos del PNIEC 2030 y la Directiva (UE) 2024/1275 de eficiencia energética de edificios.
Generación de CAE
El ahorro de energía final certificado según la ficha TER040 se traduce en Certificados de Ahorro Energético vendibles a los sujetos obligados. Este ingreso puede financiar parcial o totalmente la inversión.
Marco normativo
Real Decreto 36/2023
Establece el sistema nacional de obligaciones de eficiencia energética y el mecanismo de Certificados de Ahorro Energético (CAE). Define los sujetos obligados y las reglas del mercado de CAE.
Orden TED/845/2023
Aprueba el catálogo inicial de fichas estandarizadas de ahorro energético, incluida la ficha TER040 para bombas de calor en sector terciario. Define la metodología de cálculo del ahorro.
Reglamento (UE) 2024/1275
Refundición de la Directiva de Eficiencia Energética de Edificios (EPBD). Impulsa la electrificación de la calefacción y la eliminación progresiva de calderas de combustibles fósiles en la UE.
EN 14825 / EN 14511
Normas europeas que definen las condiciones de ensayo y cálculo del SCOP (calefacción) y SEER (refrigeración) de las bombas de calor, utilizados como base para el cálculo del ahorro en la ficha TER040.
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